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Diputados votó aumentar el mínimo no imponible de bienes personales y ratificar el que rige por impuesto a las ganancias

En el día de la fecha, la Cámara de Diputados de la Nación votó por 127 votos a favor contra 126 el proyecto de ley que autoriza el aumento del piso a partir del cual se cobra el impuesto a los Bienes Personales e incorporó un artículo que permite cumplir con la ley que modificó el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias.

En el presente proyecto de ley surgieron una serie de modificaciones que implica su vuelta al Senado de la Nación para que sea una norma vigente. Las características principales del mismo son las siguientes:

  • Incremento del mínimo no imponible para cobrar el impuesto a los Bienes Personales. Se cobrará a partir de $6.000.000. Y un aumento del mínimo para inmuebles destinados a casa habitación, se cobrará a partir de $30.000.000.

Para el caso de los inmuebles se toma el valor de compra menos una amortización anual o el valor fiscal a diciembre 2017 más una actualización medida por el Índice de Precios al Consumidor. En el caso de las tenencias en dólares se tomará el valor de la divisa al 31 de diciembre 2021.

  • Actualización automática anual que tomará en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el conjunto de los bienes y las alícuotas que se cobran.
  • Aumento de la alícuota para los patrimonios que superen cien millones de pesos que abonarán un 1,25% más, del excedente fijado por la ley.  
  • Aumento de la alícuota para los patrimonios que superen trecientos millones de pesos que abonarán un 1,75% más, del excedente fijado por la ley.
  • Nuevo cuadro de alícuotas para quienes tengan bienes en el exterior que varían desde el 0,70% hasta el 2,25% sin límite de tiempo. En este punto existe una duda jurídica, sobre si se aplicarán o no, las tablas vigentes para el ejercicio 2021.

Además, se incluyó un artículo por el cual se prorroga la facultad del Poder Ejecutivo para actualizar, por el RIPTE, el mínimo no imponible a partir del cual se cobrará el impuesto a las ganancias desde el 1/1/2022. Esta actualización estaba prevista en la ley y en el presupuesto 2022 pero al no aprobarse dicho presupuesto corre el peligro de no poder realizarse.   

El proyecto votado será girado al Senado de la Nación para su tratamiento. El compromiso es que sea tratado el próximo miércoles 29 de diciembre y -si es aprobado- que el Poder Ejecutivo lo promulgue, a más tardar el 31 de diciembre a los efectos que rijan a partir del primer día del año entrante.

Desde APJ GAS sostenemos que es importante la suba de los mínimos no imponibles, especialmente, del impuesto a las ganancias que sigue erosionando el salario de un millón de trabajadores/as, muchos de los cuales también abonan el impuesto a los Bienes Personales. Continuaremos aunando esfuerzos con otras organizaciones sindicales para exigir que prescriba el cobro del injusto impuesto a las ganancias porque el salario no es ganancia.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS

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