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Ingresó al Congreso Nacional el proyecto de ley para modificar cómo el Estado cobrará el impuesto al salario.

La situación ridícula por la cual una familia necesita $60.000 para cubrir la canasta básica total pero un trabajador/a soltero comienza a pagar impuesto a las ganancias desde los $74.800 merecía una respuesta cada vez más impostergable. En ese sentido, es auspicioso el ingreso del proyecto de ley por el cual se pretende modificar el piso deducible, un esquema más suave para algunos trabajadores/as cuyos salarios superen ese piso y un modo de actualización.

El primer aspecto del proyecto de ley establece un nuevo mínimo para todos los trabajadores/as en $124.500 netos mensuales (o $150.000 brutos mensuales). Además, establece un nuevo piso para los jubilados/as que pagan el impuesto en $114.211 netos mensuales, es decir el equivalente a 8 jubilaciones mínimas. En realidad ese piso será menor porque quedan excluidos el aguinaldo, las bonificaciones, gratificaciones o cualquier otro pago extraordinario.

Un segundo aspecto es que el proyecto de ley abre la posibilidad a que el Poder Ejecutivo encuentre una fórmula para elevar deducciones para los salarios de entre $150.000 y $173.000, de tal manera que esa franja cercana no se vea tan perjudicada respecto a quienes tengan salarios menores. Por último, se discutirá mediante otro proyecto de ley, un nuevo esquema de descuentos para trabajadores/as autónomos que los acerque proporcionalmente a los valores de los trabajadores/as registrados que se verán beneficiados en caso de votarse afirmativamente.

Desde las declaraciones públicas, no existen bloques parlamentarios que se opongan al tratamiento y aprobación del proyecto. Por esta razón, lo más probable es que se trate en las sesiones extraordinarias que se llevarán a cabo hasta el 28 de febrero de 2021, cuya consecuencia natural debería ser que a partir de dicho mes o marzo entrase en vigencia.

Existen dos aspectos en que los trabajadores/as y las centrales obreras podemos influir para que este proyecto no caiga en la provisionalidad. Uno, es que para determinar la actualización de los pisos mínimos deducibles, se utilice el Índice de precios al consumidor dado que el proyecto insiste con utilizar la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Si la actualización es menor que la inflación volveremos a caer en situaciones similares a las vividas hasta el presente. Otro, es que la actualización se realice semestralmente y no, en forma anual como lo indica el proyecto.

Varios gremios insistimos en la eliminación del impuesto al salario porque es injusto y porque grava algo que no existe con los actuales niveles inflacionarios: ganancias excedentes del sueldo mensual. Sin embargo, no fuimos capaces de construir una fuerza movilizada para que este tema que afecta a 2.300.000 trabajadores/as tuviera otro tratamiento. Este proyecto es una oportunidad para que 1.267.000 trabajadores/as dejen de pagar este impuesto y otros 300.000 paguen menos y también una oportunidad para unirnos y modificar aspectos que puedan hacer peligrar la continuidad positiva de este logro.

En el año 2000 -cuando reapareció el impuesto al salario- solo lo pagaban los niveles gerenciales. En 2005 la proporción fue del 11%, en 2013 llegó a su pico con un 29,5%, en 2019 llegó al 23,2% y en el 2020, el 25,6% del total de trabajadores/as registrados pagamos el tributo. Con este proyecto lo pagaría aproximadamente el 10% de los asalariados. Desde la APJ GAS nos comprometemos a trabajar para que se apruebe la ley y lograr que los sindicatos que representan a trabajadores/as que sufren la imposición del impuesto nos unamos para modificar los aspectos limitativos de la fórmula de actualización.

COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS

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