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Bono de Participación en las Ganancias: logramos restituir un derecho con su justo cobro retroactivo.

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La APJ GAS saluda la restitución del pago del Bono de Participación en las Ganancias en TGN a partir del reclamo que realizáramos hace unos días, tal como lo instituyen la Ley 23696 (de Reforma del Estado) y el Decreto 1189/92 que da origen a la empresa y al Bono mencionado.
Desde la APJ GAS, nos importa señalar la importancia de haber logrado la restitución de un derecho de raigambre constitucional con implicancias económicas -con su retroactivo y actualización correspondiente- en un momento en que nuestros ingresos se ven disminuidos por el impacto inflacionario.
Además, resaltamos que el cobro durante diciembre del Bono implica un ingreso económico para todos/as los trabajadores/as de TGN sin distinción de situación convencional que confirma nuestra indisimulable participación en la generación de utilidades y nuestro justo derecho a participar de ellas.
En la percepción del Bono de Participación en las Ganancias no hay exclusiones.
Lo cobraremos los trabajadores convencionados y no convencionados. Técnico-operativos, técnico-administrativos, profesionales, supervisores, jerárquicos con o sin personal a cargo, gerentes y directores. Con pasado en Gas del Estado, en las empresas de los accionistas mayoritarios, provenientes del mercado laboral o si éste fuera el primer trabajo.
Reiteramos que la liquidación y el pago del Bono de Participación en las Ganancias es diferente para cada trabajador/a dado que existe un coeficiente individual determinado por: la remuneración del empleado/a, su antigüedad y su carga de familia. No así su jerarquía.
Para generar ese coeficiente individual existe un único antecedente público que fue la fórmula polinómica aprobada en su momento por las autoridades competentes y que se aplicó durante el período en que TGN cumplió con su obligación legal de pago tanto para quienes integrábamos el Programa de Propiedad Participada como para quienes no eran parte de ese paquete accionario.
Por último, señalamos que también son sujeto de derecho los trabajadores/as que mantuvieron su relación laboral en los momentos en que se debería haber abonado el presente Bono.
Estos son los hechos que demuestran la importancia de estar organizados. La voluntad colectiva de hacer cumplir los derechos y de crear otros nuevos, de luchar por lo que es nuestro, de ser conscientes de nuestra participación en la generación de riqueza, es esencial. Sus consecuencias son diversas. A veces logramos nuestros objetivos en forma plena, otras veces nos quedamos cortos y otras nos faltan condiciones para alcanzarlos. Pero siempre viviremos mejor si mantenemos la decisión de ser parte de un colectivo que tenga capacidad de defenderse, avanzar e influir en los acontecimientos que determinan nuestra calidad de vida.
Felicitaciones a los compañeros/as que estuvieron alerta ente este justo pedido, que lo mantuvieron presente y confiaron en que existían posibilidades de resolución. Esa actitud colectiva siempre es decisiva.
COMISIÓN DIRECTIVA APJ GAS


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